Individuos en prisión sin sentencia pueden votar, decide Tribunal

El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó por mayoría de votos que las personas en prisión que todavía no han sido sentenciadas tienen derecho a votar, ya que se encuentran amparadas por el principio de presunción de inocencia.

Al resolver el expediente SUP-JDC-352/2018 y acumulado, los magistrados indicaron que se establece lo anterior a partir de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la Corte Interamericana y otros tribunales internacionales han realizado una interpretación evolutiva del derecho al voto y la presunción de inocencia.

Por lo anterior y para salvaguardar el derecho de las personas en prisión preventiva para las elecciones de 2024, ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) implementar una “etapa de prueba” antes de ese año para garantizar ese derecho.

El INE debe establecer cómo, cuándo y dónde se ejercerá el aludido derecho a votar de las personas que se encuentran en reclusión, para que puedan practicar este derecho en las elecciones que se efectuarán ese año. Determinó que el INE definirá si el ejercicio del derecho al voto se aplicará solamente en la elección presidencial o en elecciones locales, a partir de las necesidades y posibilidades administrativas y financieras que se requieran.

Además fijará el mecanismo que se implementará para que las personas puedan sufragar en prisión, incluido el voto por correspondencia.

También se coordinará con las autoridades penitenciarias competentes o con aquellas que considere oportuno para llevar a cabo la prueba inicial, que deberá atender la normativa aplicable al momento de su implementación, además de abarcar todas las circunscripciones electorales, varias entidades federativas y diversos reclusorios.

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